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Fair Labor Standards Act Advisor

Exenciones

Algunos empleados est n exentos de las disposiciones de pago de sobretiempo, algunos tanto de las disposiciones de pago de salario m nimo como del pago de sobretiempo y otros de las disposiciones de trabajo de menores de edad de la Ley de Normas Justas de Trabajo (FLSA). Las exenciones deben interpretarse como aplicables limitadamente para el empleador que las hace valer. Por consiguiente, los empleadores y empleados siempre deben verificar detenidamente los t rminos y condiciones exactos de una exenci n teniendo en cuenta las obligaciones reales del empleado antes de asumir que la exenci n puede aplicar para el empleado. El empleador lleva la carga final al momento de respaldar la aplicaci n de una exenci n.

Las exenciones se aplican normalmente en base a semanas laborales individuales. Los empleados que realizan trabajos exentos y no exentos en la la misma semana laboral, normalmente, no est n exentos en esa semana laboral.

A continuaci n hay una lista de algunas de las exenciones que se aplican m s com nmente. Esta no es una lista exhaustiva. Al hacer clic en el texto subrayado a continuaci n, se le enviar a un enlace con informaci n sobre la exenci n. Otras exenciones de la FLSA, que se aplican con menos frecuencia, est n enumeradas despu s de esta secci n.

EXENCIONES APLICADAS COM NMENTE

Los empleados comisionados por ventas de establecimientos de venta al por menor o de servicio est n exentos del pago de sobretiempo si m s de la mitad de las ganancias del empleado vienen de comisiones y si el empleado promedia por lo menos un salario m nimo y medio por cada hora trabajada. Tambi n le puede servir examinar el reglamento que aplica.

Profesionales de la Inform tica: La secci n 13(a)(17) de la FLSA establece que ciertos profesionales de la inform tica a quienes se les paga por lo menos $27.63 por hora est n exentos de las disposiciones de sobretiempo de la FLSA.

Los choferes, ayudantes de choferes, cargadores y mec nicos est n exentos de las disposiciones de pago de sobretiempo de la FLSA si trabajan para un empresa transportista y si el trabajo del empleado afecta la seguridad de la operaci n de veh culos al momento de transportar pasajeros o bienes para el comercio interestatal o extranjero. Tambi n le puede servir examinar el reglamento que aplica.

Los trabajadores agr colas que trabajen en granjas peque as est n exentos tanto de las disposiciones de la FLSA de pago de salario m nimo como de las de pago de sobretiempo. Tambi n le puede servir examinar el reglamento espec fico. Los trabajadores menores de edad que trabajen en granjas peque as, con el consentimiento de sus padres, tambi n est n exentos de las disposiciones de la FLSA de trabajo de menores de edad. Para mayor informaci n sobre las exenciones de End of
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las disposiciones sobre trabajo de menores de edad de la FLSA en agricultura, haga clic en el texto subrayado. Otros trabajadores agr�colas est�n exentos de las disposiciones de la FLSA sobre sobretiempo. Tambi�n le puede servir examinar el reglamento espec�fico.

Los vendedores, encargados de repuestos y mec�nicos que trabajen para una concesionaria de autos est�n exentos de las disposiciones de la FLSA sobre pago de sobretiempo. Tambi�n le puede servir examinar el reglamento que aplica.

Establecimientos que trabajan por temporadas y establecimientos recreativos: Los empleados que trabajen para ciertos establecimientos de temporada y recreativos est�n exentos de las disposiciones de la FLSA sobre pago de salario m�nimo y pago de sobretiempo. Tambi�n le puede servir examinar el reglamento que aplica.

Los empleados ejecutivos, administrativos, profesionales y de ventas externas: (seg�n lo definido por los reglamentos del Departamento de Trabajo) y aquellos a quienes se les pague un sueldo est�n exentos de las disposiciones de la FLSA sobre salario m�nimo y sobretiempo.

OTRAS EXENCIONES DE LA FLSA

(SM = salario m�nimo ST = sobretiempo TM = trabajo de menores)

  • Vendedores a�reos - ST
  • Empleados de aerol�neas - ST
  • Empleados de establecimientos de diversi�n/recreaci�n que trabajan en parques nacionales/bosques nacionales/Refugio Nacional de Vida Silvestre - ST
  • Ni�eras casuales - SM y ST
  • Vendedores de barcos - ST
  • Compradores de productos agr�colas - ST
  • Compa�eros para los ancianos - SM y ST
  • Trabajadores de acopiador (rural) - ST
  • Trabajadores con discapacidades - SM
  • Empleados dom�sticos que viven en el lugar de trabajo - ST
  • Vendedores de implementos agr�colas - ST
  • Investigadores de cr�menes Federales - SM y ST
  • Bomberos que trabajan en peque�os departamentos p�blicos de bomberos (menos de 5 bomberos) - ST
  • Pesca - SM y ST
  • Empleados de silvicultura de empresas peque�as (menos de 9 empleados) - ST
  • Empleados de transporte de frutas y vegetales - ST
  • Trabajadores desde casa que hacen guirnaldas - SM, ST y TM
  • Tutores en instituciones educativas sin fines de lucro - ST
  • Trabajadores de subastas de bienes semovientes - ST
  • Conductores de entrega a domicilio local o ayudantes del conductor - ST
  • Empleados madereros de empresas peque�as (menos de 9 empleados) - ST
  • Empleados de cines - ST
  • Repartidores de peri�dico - SM, ST y TM
  • Empleados de peri�dicos de circulaci�n limitada - SM y ST
  • Polic�as que trabajan en peque�os departamentos p�blicos de polic�a (menos de 5 polic�as) - ST
  • Empleados de estaciones de radio en mercados peque�os - ST
  • Empleados de ferrocarril - ST
  • Marinos en nav�os estadounidenses - ST
  • Marinos en nav�os que no sean estadounidenses - SM y ST
  • Empleados de procesadoras de az�car - ST
  • Telefonistas - SM y ST
  • Taxistas - ST
  • Empleados de canales de televisi�n en mercados peque�os - ST
  • Vendedores de camiones y tr�ileres - ST
  • Menores que trabajan como actores o artistas - TM
  • Menores que trabajan para sus padres -TM

Aviso: Para obtener informaci�n sobre la aplicaci�n de estas exenciones, contacte a la Oficina de Horas y Salarios de su Distrito local.

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